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De las garantías individuales a los derechos humanos

El 10 de junio de 2011, a 40 años del “Halconazo”, tuvo lugar una de las reformas más trascendentales para México: el Congreso modificaba el artículo 1° constitucional que elevaba a los ciudadanos a una categoría más amplia, de un Estado que otorgaba “garantías individuales”, se convertía en un Estado obligado a salvaguardar los derechos humanos de los mexicanos.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos promulgada el 5 de febrero de 1917 integró varias demandas sociales que habían sido impulsadas por los revolucionarios, tales como la educación, salud  -gratuitas- y normas para regular y proteger el trabajo. En su artículo 1° limitaba, en parte, la plenitud de los ciudadanos a concederle “garantías individuales” que, en cualquier momento y como ocurrió en varias ocasiones, podían acotarse o limitarse.

Como sucedió en noviembre de 1942, cuando el gobierno de Manuel Ávila Camacho incorporó al Código Penal, pese a la oposición de varios juristas, el llamado “Delito de disolución social” que limitó hasta 1970 las garantías individuales de los mexicanos, e hizo posible que el autoritarismo del régimen posrevolucionario violara en incontables ocasiones las libertades fundamentales de todo ser humano: como la libre manifestación de las ideas.

Escudado en un “Estado de derecho”, los distintos gobiernos impidieron que los ciudadanos protestaran contra iniciativas que perjudicaban el nivel de vida de los trabajadores; o que estudiantes pudieran manifestar sus descontentos ante el deterioro del nivel de vida de los mexicanos.

En este sentido, la trascendental reforma que aquel 10 de junio de 2011 a 40 años del "Halconazo" marca la pauta de la desintegración del Estado autoritario, al obligar a las autoridades a velar por la protección de los derechos humanos de todos los habitantes del país. De esta forma, también se manda a la sociedad a velar por la salvaguarda de tan importante conquista social.