El plebiscito chiapaneco en la Constitución mexicana de 1824
El plebiscito chiapaneco en la Constitución mexicana de 1824
Magistrado Gilberto de Guzmán Bátiz García
Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Introducción
Con la consumación de la Independencia de la Nueva España y los movimientos sociopolíticos en Centroamérica, la federación de Chiapas a la República mexicana resultó de un prolongado proceso marcado por disputas territoriales, tensiones regionales, transformaciones institucionales y la emergencia de una conciencia política local que demandó el derecho a decidir un destino propio, mediante un ejercicio de consulta previo a la promulgación de la Constitución Federal de 1824, que no sólo definió la pertenencia territorial de Chiapas, sino que contribuyó a delinear el mapa inicial de la Federación mexicana.
En el presente texto se analiza el tránsito de esa provincia desde el orden colonial hacia su integración como estado libre y federado, poniendo especial atención en el desarrollo del plebiscito, en los actores institucionales y sociales que intervinieron, en las dinámicas de poder regionales y en su vinculación con el proceso constituyente de la República mexicana. Se busca aportar una visión integral que permita comprender al plebiscito chiapaneco como un antecedente relevante de la construcción del federalismo en la historia del constitucionalismo en México.
La Nueva España
Con los títulos de Capitán General y Justicia Mayor, Hernán Cortés estableció su autoridad sobre los pueblos que estuvieron bajo el dominio y la influencia mexica: dispuso las órdenes para la organización política y administrativa de la Nueva España, en la que se creó un virreinato, con el virrey como representante del monarca y la Real Audiencia como el organismo encargado de la impartición de justicia. A medida que se amplió el territorio ocupado fueron surgiendo reinos y provincias, a cargo de gobernadores y entidades políticas más pequeñas que se asignaron a corregidores y alcaldes mayores.
Hacia el sur se crearon el Reino de Guatemala, también conocido como Capitanía General de Guatemala, que era una entidad territorial integrante del Imperio español dentro del Virreinato de la Nueva España, y la Audiencia y Cancillería Real de Santiago de Guatemala, conocida como Audiencia de los Confines, que fue creada el 13 de septiembre de 1543 como el más alto tribunal de la Corona española para la impartición de justicia en esa zona, con una jurisdicción que comprendía los actuales territorios de Guatemala, Belice, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, así como lo que hoy es el estado mexicano de Chiapas.
La ruptura y el cambio
El hecho principal que llevó a los criollos de la Nueva España a comenzar la rebelión fue la ocupación francesa de España en 1808; en ese año, Carlos IV y Fernando VII abdicaron sucesivamente en favor de Napoleón Bonaparte, quien cedería el trono español a su hermano José Bonaparte, quedando España temporalmente como un protectorado francés.
En las colonias españolas de América se formaron varias juntas con el propósito de conservar la soberanía hasta que regresara Fernando VII al trono. Nueva España no fue la excepción y el 16 de septiembre de 1810 Miguel Hidalgo y Costilla se lanzó a la guerra bajo el grito de Fondo Santuario Zamora Michoacán Fondo Santuario Zamora Michoacán “Viva la Virgen de Guadalupe, viva Fernando VII, muerte al mal gobierno”; este levantamiento se convirtió en lo que fue la guerra independentista con respecto a la Metrópoli española. En 1813, el Congreso de Chilpancingo, protegido por el generalísimo José María Morelos y Pavón, declaró constitucionalmente la Independencia de la América Mexicana.
Con la derrota de Morelos en 1815 y su fusilamiento, el movimiento resistió como una guerra de guerrillas y hacia 1820 sólo quedaban algunos núcleos rebeldes. Agustín de Iturbide pactó alianzas con casi todas las facciones, incluyendo al gobierno virreinal, y de esta suerte se consumó la Independencia el 27 de septiembre de 1821.
En España se había restablecido en 1820 la Constitución de Cádiz, cuyos pronunciamientos, inspirados en las ideas de la Ilustración y la Revolución francesa, impactaron de manera muy importante en el pensamiento y las acciones en la Nueva España. En tanto, en la ciudad de Guatemala se habían organizado reuniones llamadas “Tertulias patrióticas”, que analizaban y discutían las ideas de independencia. También en el ámbito centroamericano se presentaron rebeliones: en El Salvador, en noviembre de 1811; en Nicaragua, en 1811 y 1812; y en la ciudad de Guatemala, en 1813, en la que se consigna históricamente como la Conspiración de Belén.
Cuando se creó el Imperio mexicano encabezado por Agustín de Iturbide, la provincia de las Chiapas todavía formaba parte de la Capitanía General de Guatemala, cuya sede estaba en la ciudad del mismo nombre, que comprendía, además de las Chiapas y Guatemala, las provincias de Honduras, El Salvador, Nicaragua y la gobernación de Costa Rica, que dependía de la anterior.
Independencia de Chiapas y unión al Imperio
El 28 de agosto de 1821, días antes de la consumación de la Independencia de México, el Ayuntamiento de Comitán se declaró independiente tanto de Guatemala como de España; estos acontecimientos precipitaron la toma de decisiones por parte de los notables y autoridades de esa provincia, provocando que para el día 3 de septiembre del mismo año lo hiciera Ciudad Real de Chiapa, hoy San Cristóbal de Las Casas.
Entre los años de 1821 y 1824, la actividad política y el debate ideológico fueron intensos. El 28 de octubre de 1821 la Junta Provincial Chiapaneca había nombrado al presbítero Bachiller Pedro José Solórzano, investido de poderes para que ratificara la separación de Chiapas del reino de Guatemala, tanto como de España, y para gestionar su integración al Imperio mexicano; otro tanto hicieron los ayuntamientos de Tuxtla, San Cristóbal y Chiapa.
El 15 de septiembre se declaró independiente la Capitanía de Guatemala, aunque esta última en su declaración dejaba sin decidir el punto de su adhesión al Imperio de Iturbide y consideraba a Chiapas todavía como parte de la Capitanía. Finalmente, el 16 de enero de 1822, la Regencia del Imperio expidió el decreto que unía a la provincia chiapaneca al Imperio mexicano.
Chiapas rumbo a la Federación
Al finalizar el Imperio de Iturbide, la Provincia de las Chiapas se hallaba dividida en 12 partidos: Ciudad Real, Tuxtla, Llanos, Tila, Simojovel, San Andrés, Huistán, Palenque, Ocosingo, Ixtacomitán, Tonalá y Tapachula, a los que se convocó a una junta para decidir sobre continuar o no incorporados a México. De las primeras sesiones resultó un empate; se volvió a discutir y a votar para la constitución de una Junta Suprema Provisional, hasta resolverse la adhesión a un país o a otro y considerar vigente la unión con México, para el caso de que recobrara vida el Plan de Iguala. Entretanto, se gobernaría de acuerdo con la Constitución de Cádiz y demás leyes españolas.
Con el levantamiento de Antonio López de Santa Anna en Veracruz, el 2 de diciembre de 1822, proclamando la República, y el subsecuente Plan de Casa Mata de 1º de febrero de 1823, se alteraron de manera significativa las gestiones chiapanecas. El gobierno mexicano no consintió la creación de la Junta Suprema Provisional de Chiapas, por lo que ordenó al general Vicente Filisola, quien se encontraba con sus fuerzas en Guatemala, marchara sobre San Cristóbal para disolver dicha Junta, restituir la Junta Provincial, convocar a elecciones de diputados y dar posesión del cargo al Jefe Político nombrado por México, que fue el señor Manuel José de Rojas.
Ante la disolución de la Junta Suprema Provisional se concretó el Plan de Chiapa Libre, que se proclamó en Comitán el 26 de octubre de 1823, levantándose en armas en favor de la República, de la evacuación inmediata de las fuerzas mexicanas y de la libertad de Chiapas para decidir su futuro. Tuxtla se uniría al movimiento el día 29, sumándose también los partidos de Ixtacomitán y Llanos. Al triunfo de las fuerzas que respaldaron este Plan, se reinstaló la Junta Suprema y las fuerzas al mando del coronel Codallos abandonaron la entidad chiapaneca.
Con algunas inconformidades, la Junta Suprema retomó el asunto de la definición de Chiapas y emitió una circular pidiendo a los partidos que expresaran a cuál de las dos naciones deseaban integrarse, ofreciendo hacer el cómputo de los votos y la declaración respectiva. El resultado de las votaciones lo recibió la Junta y, reunidas las actas de elección de varios partidos, se formó con ellas un expediente que el 4 de junio de 1824 fue enviado a una comisión especial del seno de la Junta Suprema.
El 24 de julio de 1824, los habitantes del Soconusco se declararon separados de la Provincia de las Chiapas e incorporados a Guatemala, procediendo la Asamblea Nacional Constituyente de ese país a decretar, el 18 de agosto de 1824, que la región del Soconusco quedaba incorporada a aquella República, situación que se modificó en 1841 favorablemente para México.
Las votaciones
La Junta Suprema continuaba con el proceso de escrutinio entre los departamentos nombrando una comisión integrada por Martín Esponda, Joaquín Miguel Gutiérrez y Manuel Espinosa para que examinaran las actas y contestaciones, y otra compuesta por los señores Fernando Luis Corona, Ignacio Ruiz y Manuel Robles para que reconocieran los padrones. Dichas comisiones presentaron sus resultados el 9 y el 11 de septiembre, respectivamente.
Considerando que eran 12 partidos y 10 pueblos, la Junta Suprema informó haber un total de 172,953 habitantes, de acuerdo con el resumen del Padrón de la Provincia de Chiapas, presentado en la sesión del 11 de septiembre de 1824. El resultado de las votaciones fue el siguiente:
Por la agregación a México: Partido de los Llanos (excepto Zapaluta y Chicomuselo) 37,742 hab.; Partido de San Andrés 11,088 hab.; Partido de Simojovel 4,330 hab.; Partido de Huistán 16,497 hab.; Pueblo de Yajalón (Partido de Tila) 1,428 hab.; Pueblo de Petalcingo (Partido de Tila) 1,126 hab. Total 96,829 habitantes.
Por la agregación a Guatemala (República de Centroamérica): Partido de Tuxtla 18,831 hab.; Partido de Tonalá 4,308 hab.; Partido de Ixtacomitán 12,324 hab.; Partido de Palenque 2,717 hab.; Partido de Soconusco 15,740 hab.; Pueblo de San Felipe (Partido de Ciudad Real) 608 hab.; Pueblo de Zapaluta (Partido de Llanos) 2,000 hab.; Pueblo de Tila (Partido de Tila) 3,992 hab.; Pueblo de Chicomuselo (Partido de Llanos) 159 hab. Total 60,400 habitantes.
Indiferentes: Partido de Ocosingo 10,386 hab.; Pueblo de Sabanilla (Partido de Tila) 787 hab.; Pueblo de Tumbalá (Partido de Tila) 3,543 hab.; Pueblo de Moyos (Partido de Tila) 558 hab. Total 15,724 habitantes.
El 14 de septiembre de 1824 se llevó a cabo el “Pronunciamiento Solemne de federación del Estado libre de Chiapas”.
La Federación mexicana
La ruta del nuevo Estado mexicano, que culmina en la Constitución de 1824, inicia con la Declaración de Independencia del 22 de septiembre de 1821, que establece territorio, población y gobierno propios, y continúa con la asamblea celebrada el 24 de febrero de 1822 en el Congreso, también conocido como las Cortes, donde se pronunciaron por la forma de gobierno de Monarquía Constitucional, bajo la denominación de Imperio mexicano.
Ante el rechazo de las Cortes españolas a los Tratados de Córdoba, los independentistas propusieron a Agustín de Iturbide y el Congreso, entre cuyos integrantes destacaban Valentín Gómez Farías y Servando Teresa de Mier, lo proclamó emperador. Pronto se presentaron desacuerdos entre el Congreso y el nuevo monarca, por lo que Iturbide disolvió el Congreso el 31 de octubre de 1822 y se instauró la Junta Nacional Instituyente.
La rebelión de Antonio López de Santa Anna, el 2 de diciembre de 1822, y la proclamación del Plan de Casa Mata que propuso restablecer el Congreso y desconocer el Imperio, provocó que Agustín de Iturbide lo reinstalara el 7 de marzo de 1823, abdicando el 19 del mismo mes. Ante la dimisión de Iturbide, el Congreso suprimió la figura de emperador y estableció un Poder Ejecutivo con la intención de crear equilibrios y contrapesos, para lo cual se designó un triunvirato integrado por Guadalupe Victoria, Nicolás Bravo y Pedro Celestino Negrete. Las ideas republicanas avanzaban.
El 16 de mayo de 1823, el Congreso expidió el Plan de la Constitución Política de la Nación Mexicana, en el cual se adoptó como forma de gobierno la República Representativa, Popular y Federal y se estableció que el poder estaría dividido en Legislativo y Ejecutivo; se fijaron también las reglas para la administración de justicia, con un tribunal supremo, y los derechos para los ciudadanos, tales como las libertades de pensamiento, escritura, expresión, imprenta y propiedad, además de la obligación de profesar la religión católica.
El 7 de noviembre de 1823, siendo presidente de la Comisión de Constitución don Miguel Ramos Arizpe, se presentó el Acta de la Federación, que fue sancionada el 31 de enero de 1824, asegurando un sistema Federal para la naciente República.
Conclusión
El 3 de octubre de 1824 se aprobó la Constitución Federal y, apenas unos días antes, Chiapas había definido su lugar en la nueva República. No fue un acto menor ni automático: fue una decisión política en un momento de incertidumbre, donde el mapa aún se hallaba en disputa y el futuro no estaba garantizado.
El proceso que condujo a la incorporación de Chiapas a la Federación mexicana revela que la construcción del Estado nacional no fue lineal ni homogénea, sino profundamente territorial, deliberativa y conflictiva. En ese contexto, el plebiscito de 1824 destaca como un ejercicio temprano de soberanía popular, en el que los pueblos no sólo fueron objeto de decisiones, sino sujetos de ellas.
Lejos de ser un episodio aislado, este momento condensó tensiones, intereses y visiones de futuro. Entre presiones externas, divisiones internas y escenarios cambiantes, Chiapas enfrentó una disyuntiva fundamental: no sólo a qué nación pertenecer, sino en qué condiciones hacerlo. En ese sentido, el plebiscito chiapaneco no debe verse sólo como un hecho histórico, sino como un acto fundacional. Ahí se expresó, de manera incipiente pero clara, una convicción política que atraviesa el tiempo: que la legitimidad no debe ser impuesta, sino construida, y que la pertenencia no es herencia, es decisión.
En 1824 Chiapas entendió que el territorio no define a un pueblo, lo define su capacidad de elegir su destino. Aquel plebiscito no sólo resolvió una pertenencia, inauguró una forma de estar en la política. Porque, al final, la historia no es sólo lo que ocurre, sino lo que los pueblos deciden que ocurra.