Cédula
Fondo
Ordenanzas
Colección
Sección
Subsección
Serie
Subserie
Unidad de instalación
Volumen 1
Expediente
1
Legajo
Documento
Volumen de la Unidad de Descripción
Fojas 1-8v
Nivel de descripción
Unidad Documental Compuesta
Título
Nombre paralelo
Fojas 24-29v
Fechas
1574/enero/25-1574/mayo/18
Lugar de expedición
Ciudad de México
Productor
Alcance y contenido
Testimonio de diferentes ordenanzas mandadas guardar, cumplir y ejecutar en toda Nueva España por el virrey Martín Enríquez: ordenanza para que se registrara el ganado que se sacara para carnicerías en la Ciudad de México, en Chichimecas, valle de Mataltingo [Matlaltzinco] y minas de Tasco [Taxco]; ordenanza para que el ganado de carnicerías pudiera pastar en los baldíos y restrojos de los pueblos donde pasaren; ordenanza para que si algún criador de ganado quería hacer un rodeo en el valle de Achuato en los Chichimicas, fuera llamando hasta cuatro o seis dueños de las estancias comarcanas; ordenanza para que ningún criado de ganados menores entrara a agostar ni hacer rancho ni majadas en estancias de ganado mayor so pena de 50 pesos; ordenanza para que no se pasara ganado sin registrar en el río de San Juan hacia la Ciudad de México [México]; ordenanza para que ninguna persona llevara con su ganados, vacas, novillos, becerros, ni potros que fueran de su propio hierro; ordenanza para que ningún señor de ganado, ni sus mayordomos, estancieros, mayorales, ni cualquier otro de sus criados que estuvieren en las sábanas de San Juan, en los llanos de Chichimecas o en la provincia de Mechoacan [Michoacán] pudieran herrar ganado antes del día de San Juan de junio; ordenanza para que ningún herrero hiciera hierro para herrar ganado sin licencia del dueño; ordenanza para que no se vendiera potro ni potranca recién herrada de menos edad de dos años; ordenanza para que los señores de estancias de ganado mayor no dejaran los hierros de venta al mayoral ni a otra persona que no fuera español; ordenanza para que se entendiera la ordenanza de mesta con los indios; ordenanza para que a los indios trasquiladores no se les pagara su jornal en lana; ordenanza para que el ganado ovejuno que tuvieran los indios fuera orejano sin cortarles la cola y orejas; ordenanza para que no se comprara ganado si no fuere del propio dueño o personas que tuvieran su poder, y que no se comprara a los indios si no fuera en mercados públicos so pena de cien azotes y corte de orejas si fuere mestizo, indio o negro; ordenanza para que las justicias, en el tiempo de su cargo, visitaran las estancias y labranzas que tuvieran ganado mayor y menor, y cuidaran que no excedieran de sus títulos; ordenanza para que no hubiera desjarretadera ni otro instrumento para matar ganado en las estancias, ni fuera de ellas y que no se remataran vacas; ordenanza para que no se pegara fuego en los montes, campos, ni sabanas; ordenanza para que las estancias hechas mediante merced tuvieran de linde a linde: para ganado mayor, tres mil pasos de marco de a 5/3 de vara en cuadra o 1500 a cada parte desde el asiento de la casa; y las de ganado menor, dos mil pasos de dicha marca en cuadra o mil pasos desde el asiento y casa a cada parte, y el asiento fuera conforme a los títulos.
Soporte
Papel
Estado de conservación
Bueno. Deyecciones. Frente de secado. Roturas en los bordes
Notas
La foja 1-1v corresponde al encuadernado. La foja 2-2v corresponde a la portada del volumen. En la base Siranda-archidoc existían los registros, 4, 5, 6, 7, 11, 13, 16, 17, 18, 19. Los cuales no se identificaron en el volumen, se quitaron dichos registros de la base.
Custodio
Archivo General de la Nación, AGN
Licencia de uso