lupa
Cédula
 
Título
SUP-REC-17/2009: Procedencia del Recurso de Reconsideración por inaplicabilidad de ley electoral (atribuido)
Agente creador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (productor)
Forma parte de
Fondo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sección Medios de Impugnación, Subsección Sala Superior, Serie Recurso de Reconsideración, Expediente SUP-REC-17/2009
Nivel de descripción
Expediente
Tipo de recurso
expediente
Nota de tiempo
2009/07/03 (apertura)-2009/07/03 (cierre)
Descripción
El 3 de julio de 2009, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la sentencia emitida por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca, Estado de México, en virtud de que se dejó sin registro a la candidata a la Presidencia Municipal de Villa de Álvarez, Colima, por considerarla inelegible; el recurso de reconsideración procede cuando hayan determinado la no aplicación de una ley electoral por considerarla contraria a la Constitución, esta desaplicación se puede presentar no sólo por resultar contraria a algún precepto de la propia Constitución, sino también por contravenir alguno de los principios relevantes del sistema y que rigen toda elección democrática, por lo que para que sea procedente el recurso de reconsideración en contra de una resolución que determine la no aplicación de un precepto por considerarlo contrario a la Constitución, necesitan confluir los siguientes elementos: que se determine la no aplicación de un precepto, de manera expresa; que ese precepto sea de una ley electoral, entendida ésta como cualquier disposición jurídica que guarde relación con la materia en forma directa o indirecta, y que la desaplicación obedezca a que la disposición resulte contraria a algún precepto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos o a alguno de los principios que rigen toda elección democrática.
Lugar
Ciudad de México (México), publicación
Medidas
105 páginas
Lengua
español
Palabras clave
coaliciones de partidos políticos; candidatos; presidentes municipales; Villa Álvarez (Colima, México); Constitución Política Estados Unidos Mexicanos; Inaplicabilidad por inconstitucionalidad de ley; Instituto Nacional Electoral; Ilegibilidad
Tipo de media
texto
Formato de la representación digital
PDF
Colaborador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Custodio
Archivo Histórico del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Nota de contexto
El 8 de mayo de 2009, el Consejo Municipal Electoral en Villa de Álvarez, Colima, registró, entre otros, a los candidatos a miembros del ayuntamiento del citado municipio, postulados por la Coalición “PAN-ADC, GANARÁ COLIMA”. El 11 de mayo de ese año, el Partido del Trabajo interpuso recurso de revisión ante el Consejo Municipal Electoral de Villa de Álvarez, Colima, a fin de impugnar el acuerdo emitido. El 18 de mayo del mismo año, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima emitió resolución en el recurso de revisión y por la cual se determinó confirmar el acuerdo, relativo al registro, de los candidatos a miembros del ayuntamiento del municipio de Villa de Álvarez, Colima, postulados por la Coalición “PAN-ADC GANARÁ COLIMA”; el 21 de mayo, el Partido del Trabajo interpuso recurso de apelación, del cual conoció el Tribunal Electoral del Estado de Colima y emitió resolución en la cual confirmó la resolución emitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Colima. El 23 de junio del 2009, el instituto político promovió juicio de revisión constitucional, del cual conoció la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca, Estado de México.