Cédula
Título
Reglamento de la milicia nacional local del estado de Guanajuato. Decretado por su tercer Congreso Constitucional en 26 de abril de 1831 (propio), Ley que reglamenta la milicia cívica del Estado (alternativo)
Agente creador
Congreso del Estado de Guanajuato (productor)
Forma parte de
Fondo Poder Legislativo, Subfondo Congreso del Estado de Guanajuato, Sección Archivo Histórico, Serie Decretos
Nivel de descripción
Ítem
Tipo de recurso
decreto
Nota de tiempo
1831/04/26 (creación); 1831/05/01 (publicación)
Descripción
De la fuerza militar del Estado, este decreto establece el número de batallones con que se cuenta, hace mención de lo que se contará: infantería, artillería y caballería. Asimismo organiza las jerarquías que siguen. Decreto 123, Legislatura III. Contiene los nombres del diputado presidente Juan Morales, diputado secretario Bruno Pérez Mañón, diputado secretario Eduardo Mendiola y Manuel Gómez de Linares.
Lugar
Guanajuato (Guanajuato, Mexico), creación
Medidas
38 páginas; 22 x 15 cm
Materialidad
papel
Lengua
español
Palabras clave
legislación militar; Milicias nacionales; reglamentos castrenses
Tipo de media
texto
Formato de la representación digital
PDF
Colaborador
Archivo Histórico del Congreso del Estado de Guanajuato
Custodio
Archivo Histórico del Congreso del Estado de Guanajuato
Procedencia
Licencia de uso
Nota de contexto
En el Congreso del Estado de Guanajuato, desde su origen, se previó la importancia y necesidad de la creación del Archivo de la institución. El Archivo Histórico del Congreso del Estado cuenta con la colección completa de las actas de sesiones, siendo la primera de ellas de la Diputación Provincial de Guanajuato que data del 25 de febrero de 1822, 6 meses posteriores a la consumación de la Independencia, así como iniciativas, dictámenes, decretos, periódicos oficiales, expedientes, constituciones y leyes que rigieron, así como aquellas que actualmente dirigen la vida política de las y los guanajuatenses.