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Cédula
 
Título
SUP-JRC-165/2008: Decisión final, se puede promover impugnación cuando el proceso electoral se encuentra pendiente y cause violaciones graves en los resultados (atribuido)
Agente creador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (productor)
Forma parte de
Fondo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sección Medios de Impugnación, Subsección Sala Superior, Serie Juicio de Revisión Constitucional Electoral, Expediente SUP-JRC-165/2008
Nivel de descripción
Expediente
Tipo de recurso
expediente
Nota de tiempo
2008/12/26 (apertura)-2008/12/26 (cierre)
Descripción
Se determinó por la Sala Superior que, al haberse reincorporado antes del cómputo municipal y declaración de validez de las elecciones, al cargo de diputado, dentro del cual realiza funciones relacionadas con la designación y remoción de las autoridades electorales, resulta indefectible que se puso en riesgo el bien jurídico tutelado por la norma, esto es, la existencia de condiciones de igualdad y equidad en las elecciones, que se vieron trastocadas por la posibilidad de influencia en las autoridades administrativas y jurisdiccionales de la materia.
Lugar
Ciudad de México (México), creación
Medidas
369 páginas
Lengua
español
Palabras clave
Acapulco de Juárez (Guerrero, México); procesos electorales; conteo electoral
Tipo de media
texto
Formato de la representación digital
PDF
Colaborador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Custodio
Archivo Histórico del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Nota de contexto
El 05 de octubre de 2008, se realizó las elecciones en Guerrero para elegir a los integrantes del Ayuntamiento Municipal de Acapulco. Por su parte, la Sala de Segunda Instancia desestimó que las coaliciones “Juntos Salgamos Adelante” y “Juntos para Mejor” y el PRD no satisficieron los requisitos establecidos como condiciones o elementos imprescindibles para conformar la causa de invalidez de la elección al no tener la entidad calificada como grave.