Cédula
Título
SUP-JDC-2638/2008: En decisiones partidistas el voto por aclamación es contrario al principio democrático (atribuido)
Agente creador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (productor)
Forma parte de
Fondo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sección Medios de Impugnación, Subsección Sala Superior, Serie Juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadanos, Expediente SUP-JDC-2638/2018 y Acumulado
Nivel de descripción
Expediente
Tipo de recurso
expediente
Nota de tiempo
2010/01/27 (apertura)-2010/01/27 (cierre)
Descripción
La Sala Superior señaló que, conforme a lo dispuesto en los artículos 41, párrafo segundo, base I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 4, párrafos 2 y 3, y 27, párrafo 1, inciso c), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el voto por aclamación contraviene el principio democrático y, en consecuencia, dicho mecanismo es inconstitucional, en tanto que: 1. No es posible determinar con precisión el sentido del voto de los ciudadanos congregados a expresar su voluntad; 2. Resulta imposible cuantificar los votos emitidos a favor o en contra de un candidato o propuesta, y 3. La decisión que se toma mediante dicho método carece de certeza, seguridad jurídica y, por tanto, de legitimidad, por lo que ese método es inadmisible en la adopción de decisiones partidistas. Nota: El contenido de los artículos 4, párrafos 2 y 3, y 27, párrafo 1, inciso c), del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, interpretados en la tesis, corresponden en los artículos 7, párrafo 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 39 párrafo 1, inciso e), de la Ley General de Partidos Políticos.
Lugar
Ciudad de México (México), creación
Medidas
16 páginas
Lengua
español
Palabras clave
voto; elecciones; Partido Revolucionario Institucional; principio democrático; seguridad jurídica
Tipo de media
texto
Formato de la representación digital
PDF
Enlace al recurso
Colaborador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Custodio
Archivo Histórico del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Licencia de uso
Nota de contexto
Los enjuiciantes se quejaron porque, como miembros del Partido del Trabajo, les agravia n sus derechos partidarios de asociación, afiliación, votar y ser votados, la carencia de normas precisas que garanticen el desarrollo interno de las actividades del partido en un marco de legalidad y seguridad jurídica, de tal manera que puedan participar como candidatos dentro del proceso de renovación de los órganos de dirección de dicho instituto político. Que de los Estatutos del Partido del Trabajo se desprendía la falta evidente de mecanismos para que los militantes (incluidos los ocursantes) participen con certeza en los procesos de renovación de las instancias de dirección, por lo que tales omisiones estatutarias generan dudas e incertidumbre que impiden conocer con anticipación las reglas relativas a la elección de dirigentes en procesos que garanticen la democracia interna del partido político y, en consecuencia, se les niega la posibilidad de intervenir como candidatos a puestos internos de dirección.