Cédula
Título
SUP-JE-0280/2025: Imposibilidad de retrotraer el nombramiento después de rendir protesta (atribuido)
Agente creador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (productor)
Forma parte de
Fondo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sección Medios de Impugnación, Subsección Sala Superior, Serie Juicio Electoral
Nivel de descripción
Expediente
Tipo de recurso
expediente
Nota de tiempo
2025/09/10 (apertura)-2025/09/10 (cierre)
Descripción
Se resolvió por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que, la toma de protesta se consolida como una garantía de certeza y seguridad jurídica para los poderes y entes públicos, así como las autoridades, pero principalmente, para las y los gobernados, porque con ello se les permite conocer a las personas encargadas de dirimir las controversias, y se les garantiza que son aquellas que asumieron el compromiso de actuar con estricto apego a los principios y reglas del sistema jurídico, sin que éstas puedan ser removidas por causas distintas a las expresamente señaladas en la Constitución federal.
Lugar
Ciudad de México (México), publicación
Medidas
8 páginas
Lengua
español
Palabras clave
TEPJF; elecciones; personas juzgadoras; reforma; vacantes; tribunales colegiados; candidaturas; segundo lugar; mujeres
Tipo de media
texto
Formato de la representación digital
PDF
Enlace al recurso
Colaborador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Custodio
Archivo Histórico del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Licencia de uso
Nota de contexto
Impugnación a la elección de un Juzgado de Distrito Penal por el Distrito Judicial 02 del Décimo Segundo Circuito en Sinaloa, en la cual el actor quedó en segundo lugar de la contienda. El promovente planteó irregularidades dentro del proceso electoral que debieran invalidar el triunfo de la candidatura ganadora y otorgarle a él la victoria.