Cédula
Título
SUP-JRC-125/2013: Financiamiento privado, los partidos políticos deben de respetar los límites establecidos, para no vulnerar el principio de equidad en la competencia entre los partidos (atribuido)
Agente creador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (productor)
Forma parte de
Fondo Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Sección Medios de Impugnación, Subsección Sala Superior, Serie Juicio de Revisión Constitucional Electoral, Expediente SUP-JRC-125/2013
Nivel de descripción
Expediente
Tipo de recurso
expediente
Nota de tiempo
2014/01/29 (apertura)-2014/01/29 (cierre)
Descripción
La Sala Superior analizó que, el financiamiento privado del PRD provino de fuentes legítimas, pero el rebase en comparación con el financiamiento público constituía una infracción a la Constitución. Por esta razón, la Sala argumentó que la infracción vulneró el principio de equidad, al haber generado una ventaja financiera que podía afectar la competencia entre partidos, esta decisión subrayó la obligación de que los partidos políticos deben de respetar los límites de financiamiento privado, independientemente de su origen y de la existencia de un proceso electoral en curso.
Lugar
Ciudad de México (México), creación
Medidas
144 páginas
Lengua
español
Palabras clave
Michoacán de Ocampo (México); Partido de la Revolución Democrática; financiamiento privado; financiamiento público; revisión; informes de partidos políticos; aportaciones; equidad en contienda electoral; ventaja financiera; financiamiento ilegal; transparencia partidista
Tipo de media
texto
Formato de la representación digital
PDF
Colaborador
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Custodio
Archivo Histórico del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
Licencia de uso
Nota de contexto
El PRD promovió juicio de revisión constitucional electoral en contra de la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, quien confirmó la sanción impuesta al PRD por el Instituto Electoral de dicho Estado, esto a causa de un exceso en el financiamiento privado sobre el público en 2009, lo que violentó la normativa electoral que establece que los recursos privados no deben superar a los públicos. Por ende, este exceso fue detectado durante la revisión de los informes de ingresos y gastos del partido, y el PRD argumentó que dicho financiamiento había sido lícito, proveniente de aportaciones de sus propios militantes, y que la infracción se dio fuera de un proceso electoral.