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Cédula
 
Título
Requerimiento a Hernán Cortés (atribuido)
Agente creador
Sánchez de Aguilar, Hernán (escribano)
Forma parte de
Clasificador Instituciones coloniales, Fondo Hospital de Jesús, Volumen 479, Legajo 271, Expediente 13, Foja 1
Tipo de recurso
requerimiento
Nota de tiempo
1521/12/12 (creación)
Descripción
Requerimiento que, sobre las provisiones que traía Cristóbal de Tapia, hicieron a Hernando Cortés, capitán general y justicia mayor de la Nueva España, Pedro de Alvarado, Bernardino Vázquez de Tapia y Cristóbal Corral, en presencia de Hernán Sánchez de Aguilar, escribano público y del concejo de la villa de Segura de la Frontera, Coyoacán. Transcripción: "[Foja 1f] [Una cruz –crismón-.] En la çibdad de Cuyuacan doze dias del mes de diziembre año del nasçimiento de nuestro señor Jesucristo de mill e quynientos e veynte e un años en presençia de my Hernan Sanches de Aguilar escribano de sus majestades e escribano público del conçejo de la Villa Sygura de la Frontera e de los testigos de yusoescritos estando en el aposento del magnifico señor Hernando Cortes Capitan General e yntendente mayor desta Nueva España por sus majestades pareçieron presentes testigos Pedro de Alvarado e Bernardino Vazquez de Tapia e Cristóbal Corral e presentaron un escrito el qual es este que se sygue. Escribano que estays presente dad por testimonio sygnado con vuestro sygno en manera que haga fe a nos Pedro de Alvarado alcalde hordinario de la çibdad de Thenustitlan e Bernardino Vazquez de Tapia Regidor de la Villa de la Veracruz e Cristóbal Corral Regidor de la Villa Sygura de la Frontera Como Procuradores que somos de la dicha çibdades e villas en Como dezimos al señor Hernando Cortes Capitan General e intendente mayor en esta Nueva España del mar ocseano por el emperador e Reyna nuestros señores que estan presentes por nuestra notiçia es venydo y puede aver ocho o diez dias poco mas o menos que Cristóbal de Tapia vehedor de las fundaçiones de la ysla española por sus majestades es llegado al Puerto de la dicha Villa de la Veracruz el qual dize que trae çiertas provisyones de sus çesareas Catolicas majestades e los virreyes e gobernadores de España en su Real nombre para thener en justiçia e governaçion de estas partes a que ansy el dicho vehedor lo asento e fecho saber al dicho señor Capitan General el qual avemos savido que antes yr a la dicha Villa de la Veracruz para se hallar presente aver la presençia de las dichas provisyones en el dicho vehedor copia dize y propuestas obedeçer Como a cartas e provisyones de sus Reyes e señores e las Cumplir en todo lo que a su Real servicio conbiniere e porque sy el dicho señor Capitan General se fuese e dexase escritos Provisyones de alrrededor de la laguna que Agora nuevamente Con tanta dificultad Peligro e trabajo se an Conquistado e Reduzido al servicio de sus majestades que son la cabeça e fuerça de todas estas partes podria sy que Con su absençia se alterasen e Revelasen Como ya thenyendolas en toda paz e suçiego otra vez lo hizieron quando por la venyda del Armada de Panfilo de Narvaez el dicho Señor Capitan General Salio de la dicha çibdad de Thenustitan Caso y en ella dexo Rendido decapito e gente e esta claro que demas desto [Foja1v] daria ocasyon a los naturales para se Rebelar no tener agora aqui juntos todos los españoles que Resyden en esta Nueva España porque de poco aca fue neçesario quel dicho señor Capitan general enbiase quarenta de Caballo y trezientos peones a conquistar çiertas poblaçiones çinquenta o sesenta leguas de Aqui los quales estan e Resyden en ellas de la syguridad e paçificaçion de la tierra e Agora quedando aqui la gente que ay lo uno por ser pocos e lo otro por la yda del dicho señor Capitan esta claro e manifiesto que los yndios se alçaran e harian la guerra los españoles lo qual notorio es que çesara no haziendo mudança en su yda del dicho señor Capitan General / lo uno porque los naturales e señores de la tierra le temen por las muchas osadias o Ardides de guerra que con ellos su merced e los españoles de su compañia a usado e thenido e lo otro porque lo Aman e qeren por el muy buen tratamiento e obras e dadivas que de cada dia del Reçiben que notoriamente son mas cabsa de la paçificaçion e sosyego de ellos que no la Resystençia e ofensa que de los españoles pueden Reçibir e porque Rebelando si los dichos naturales se syguyran mi grande servicio a sus majestades e la tierra que toda sera paçifica e sujeta e tanbien en los españoles se perderian lo qual pareçe y esta bien claro que suçederia sy el dicho señor Capitan general se fuese al presente de sus dichas provinçias e poblaçiones asy por esto como por otras muchas cabsas e Razones que podramos espensar quando mas que nos los dichos procuradores en nombre de los dichos Cabildos e con su acuerdo avemos determinado de yr a la dicha Villa de la Veracruz donde el dicho vehedor Tapia esta e Agora estamos de Camyno para nos partir e yr a ver personalmente las dichas provisyones que dize traer e las obe de çierto cumplir Como vieremos ser Complir desto al servicio de sus Catolicas majestades e bien e veylidad de los pobladores e naturales destas partes ques al mesmo hefeto que puede obrar la yda del dicho señor Capitan General/. Por ende en la mejor manera via e forma que podemos e de dicho devemos pedimos e Requerimos al dicho señor Capitan General de parte de sus majestades e como sus vasallos que somos y en nonbre de los dichos açiertos una e dos e tres vezes e mas quanto de dicho podemos e devemos que no salga en vano de la çibdad de Cuyuacan e Provinçias e poblaçiones de la laguna donde al presente esta [Foja 2f] syno que Resyda y este en ellas Como hasta aqui lo a fecho entendiendo en la paçificaçion e sosyego dellas y en las otras cosas comprendemos al servicio de sus altezas con protestaçion que hazemos que asy lo hiziere hambien e lo ques obligado Como leal vasallo e justicia e Capitan de sus majestades en otra manera sy mueres o alsamientos o otros escandalos se Retraçare entre los naturales seran su culpa e cargo e que sus altesas e quien a su Real nombre lo oviere de aver Cobrara de su persona e bienes todos los daños perdidas e menoscabos que a sus majestades sus vasallos se Retraçaren por no haser e Cumplir lo por nosotros pedido e requerido e de como lo dezimos e protestamos pedimos a bos el dicho [ilegible] nos lo deys ansy por testimonio en publica forma Con la Respuesta del dicho señor [faltante por rotura] syn ella e a los presentes Rogamos sean dello testigos/ Pedro de Alvarado Bernardino Vazques de Tapia/ Cristóbal Corral. Et Ansy presentado el dicho escrito de requerimiento en la manera que dicho es los dichos procuradores dixeron que Ansy lo pedian e Requerian Como en el se contiene testigos que fueron presentes a lo que dicho es Julian de Alderete thesorero e el Contador Alonso [ilegible] e el vehedor Rodrigo Alvares Chico/ ofiçiales de sus majestades e despues de lo susodicho este dicho dia mes e año susodichos el dicho señor Capitan General Respondiendo al Requerimiento a el fecho dixo que por quanto e sus cabsas e Razones en el Conthenidos heran sufiçientes para dexar la ida a la dicha Villa de la Veracruz e Ansy por justicia que Convenia al servicio de sus majestades e a la Paz e sosyego de sus dichas partes qual estava presto de faser e conplir lo que hera pedido e Requerido e questo daba e dio por su Respuesta testigos los sosbredichos/ Hernando Cortes/ todo lo qual que dicho es segun que ante mi paso yo el dicho escribano de pedimiento de los dichos procuradores lo di abtorizado firmado e signado con mi sygno ques fecho del dicho dia mes e año susodicho testigos los sobredichos. Yo Fernand Sanchez de Aguilar escribano del emperador el Rey don Carlos e la Reyna doña Juana nuestros Señores e su notorio publica en esta su corte en todos sus Reynos e Señorios el servicio publico e del consejo de la Villa Segura de la Frontera desta Nueva España presente Fui con los dichos testigos a todo lo susodicho e lo fyze este my sygno aqui mi sygno [signo de escribano]. Fernand Sanchez de Aguilar, escribano publico e de su majestad [rúbrica]. [Foja 2v] Requerimiento sobre las provisiones de Tapia El veedor que se hizo del 8 de febrero por los procuradores".
Lugar
Coyoacán (Ciudad de México, México), creación
Medidas
1 foja
Lengua
español
Palabras clave
Cortés, Hernán; Tapia, Cristóbal de; Alvarado, Pedro de; Vázquez de Tapia, Bernardino; Corral, Cristóbal; Nueva España; recuperación; patrimonio documental; requerimiento; testimonio
Tipo de media
texto
Formato de la representación digital
PDF
Colaborador
Archivo General de la Nación, AGN
Custodio
Archivo General de la Nación, AGN
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