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Transformaciones políticas
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Instituto Mexicano del Seguro Social – Finanzas y Activo Fijo

La sostenibilidad financiera del imss depende en gran medida de la inversión que allí destine el gobierno federal y de las prácticas de administración que el propio instituto emplee en su cotidianeidad y en los programas de largo plazo para el haber y el deber de su operación contable. La seguridad social es la principal política de bienestar y de reparto equitativo de la riqueza de las naciones, el seguro social es su primordial instrumento y encuentra en el Instituto Mexicano del Seguro Social a su artífice en nuestro país.

La operación financiera cotidiana del imss, misma que pretende dar cumplimiento a las políticas y programas institucionales para ejecutar los procesos específicos en materia de programación del presupuesto, contempla el pago de compromisos institucionales, contabilidad, control contable y administrativo de los bienes institucionales, así como el control y seguimiento presupuestario de los recursos financieros para apoyar el otorgamiento de los servicios y prestaciones institucionales. Todos los objetos de oficina, vehículos, implementos médicos, uniformes y demás parafernalia que uno reconoce están incluidos en un plan general contable, que se divide en: gastos de investigación, desarrollo, concesiones administrativas, propiedad industrial, fondo de comercio, derechos de traspaso, aplicaciones informáticas, anticipos para inmovilizaciones intangibles. Además de las inversiones, que son las acciones, bonos y valores emitidos por entidades afiliadas y cuyo plazo sea superior a un año. Su activo fijo en cambio engloba a aquellos bienes de la empresa que no forman parte del circulante. Es decir, aquellos que no tienen como finalidad la venta inmediata y no pertenecen a la actividad principal de la empresa pero son necesarios para asegurar el funcionamiento de la misma. Están considerados como las inversiones de capital permanente necesarios para el desarrollo habitual de las labores del imss, por ejemplo: equipo quirúrgico, ambulancias, escritorios, instrumental, elevadores, edificios, computadoras y servidores, entre otras. Dichos bienes institucionales se hallan amparados por el marco jurídico explicitado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y, por supuesto, la Ley del Seguro Social.