Agente_creador,Título,Nivel_de_descripción,Creación_del_registro,Lugar,Palabras_clave,Lengua,Colaborador,URL,Licencia_de_uso,Medidas,Tipo_de_recurso,Nota_de_tiempo,Procedencia,Tipo_de_media,Custodio,Nota_de_contexto,Actualización,Forma_parte_de,Descripción,Materialidad "Carlos II, Rey de España (creador)","Real cédula del 21 de febrero de 1689 (propio)","Expediente","2020-09-03T20:35:26.194Z","Madrid, creación","leyes; decretos; ordenanzas","español","Museo Numismático Nacional","https://memoricamexico.gob.mx/swb/memorica/Cedula?oId=rZ-uVXQBOY4-vxk6Y6Vy","https://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.5/mx/","4 fojas","expediente","1689/02/21 (creación)","https://www.gob.mx/cmm","texto","Casa de Moneda de México","La Real Hacienda era la comisionada de administrar el control fiscal, regulando las Cajas Reales que tuvieron la función de asegurarse que la riqueza generada en los distintos centros administraticos de la Nueva España estuviera regulada bajo las leyes españolas.","2020-09-03T20:35:26.194Z","Fondo Casa de Moneda de México, Sección Acervo Antiguo, Serie Colonia","Real cédula que deroga la ley nueve del título veintiuno, libro octavo de la Recopilación de Indias y las reales cédulas del 5 de febrero y 30 de diciembre de 1664. Según manda la real cédula del 21 de febrero, si el arrendatario de un oficio no se presentara dentro de los setenta días señalados por la ley o si su sucesor no aceptare el oficio, este último regresaría a la Real Hacienda para que el gobernador lo sacara a pregón y rematara al mejor postor, sin embargo, en la almoneda deberían admitirse las posturas de los herederos del mismo renunciante. Una vez rematado el oficio, del valor pagado, se devolverían dos terceras partes o la mitad a los herederos y el resto se ingresaría a las Reales Cajas. El documento es una copia manuscrita de la real cédula señalada.","manuscrito en papel"