Agente_creador,Título,Nivel_de_descripción,Creación_del_registro,Lugar,Palabras_clave,Lengua,Colaborador,URL,Licencia_de_uso,Medidas,Tipo_de_recurso,Nota_de_tiempo,Procedencia,Tipo_de_media,Custodio,Actualización,Forma_parte_de,Descripción "Suprema Corte de Justicia de la Nación (productor)","Juicio promovido por Modesta Iruz de González a favor de Luis González Rodríguez contra su consignación forzosa al ejército (atribuido)","Expediente","2021-05-14T19:20:38.999Z","México, creación","amparo; consignación al servicio de las armas; Juzgado Segundo de Distrito de México; González Rodríguez, Luis","español","Suprema Corte de Justicia de la Nación","https://memoricamexico.gob.mx/swb/memorica/Cedula?oId=IjxSbHkBv0UJQefU14pX","https://memoricamexico.gob.mx/es/memorica/Declaraciones_de_uso","14 fojas","expediente","1902 (creación)","https://www.scjn.gob.mx/","texto","Archivo Central de la Suprema Corte de Justicia de la Nación","2021-05-14T19:20:38.999Z","Fondo Suprema Corte de Justicia de la Nación, Subfondo Acervo del siglo XIX, Sección Suprema de Justicia, Subsección Tercera Secretaría, Serie Toca al Juicio de Amparo, Expediente 521","Juicio de amparo promovido por Modesta Iruz de González a favor de su sobrino Luis González Rodríguez contra su consignación forzosa al Ejército ordenado por el Gobernador del Distrito Federal con violación de los artículos 5, 16 y 21 Constitucionales. Aunque la autoridad responsable informó que el agraviado era de “malas costumbres”, y que siendo un mandato del Presidente la obligación de contribuir con 500 hombres para cubrir las bajas del ejército, remitió a González Rodríguez a la Comandancia Militar. A favor del agraviado, el Promotor Fiscal señaló que la consignación no fue hecha por método legal como el enganche o el sorteo (tal como se previene en la ley de 28 de mayo de 1869) y que por lo tanto se violan las garantías individuales. Con el mismo fundamento el Juez de Distrito falló concediéndole el amparo. La Suprema Corte de Justicia también ratificó otorgar el amparo. Sin embargo, la sentencia tardó en causar ejecutoria, pese a que se dio cuenta puntual a la Secretaría de Guerra y Marina del fallo de la Corte. El expediente contiene una carta de puño y letra del agraviado, que fue enviado a Yucatán, solicitando a su tía insistiera en hacer saber a las autoridades correspondientes sobre su amparo favorable. Luego de poco más de un año, se mandó nuevamente, al Jefe de la 10ª Zona Militar, que pusiera en absoluta libertad al quejoso. El documento no sólo permite conocer el proceso que se seguía en materia de amparo, las circunstancias en que se podía interponer, si no las instituciones y la interacción entre ellas con la finalidad de hacer cumplir la ejecutoria dictada por el Alto Tribunal. También permite un acercamiento a los mecanismos empleados por el ejército para reclutar elementos, la interacción con las autoridades locales, así como las arbitrariedades que llegaban a cometer. Contiene una carta de Luis González Rodríguez. Actores: Juzgado Segundo de Distrito de México., González Rodríguez, Luis."